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Las Sofomes como una alternativa a tu crédito

Hoy en día existen diferentes entidades financieras que nos ayudan con nuestras finanzas, ya sea para obtener un crédito, invertir nuestro dinero y/o financiar algún proyecto.

Algunas alternativas que nos ofrecen servicios financieros de este tipo son las Sofomes (Sociedades Financieras de Objeto Múltiple) cuyo objetivo social principal es otorgar crédito, arrendamiento o factoraje financiero.

Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) son sociedades anónimas que cuentan con un registro vigente ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Crédito-Sofom

¿Es seguro recurrir a un préstamo en una Sofom?

En ocasiones la falta de popularidad de las Sofomes dentro de la población llega a provocar cierta desconfianza, por tener un tamaño menor al de los bancos. Sin embargo, estas entidades cuentan con supervisión y regulación de la Condusef y la CNVB. De tal manera que se garantiza que los créditos brindados sean seguros y confiables.

A pesar de esto se deben tomar algunas medidas preventivas antes de recurrir a algún tipo de crédito; es importante que verifiquemos si la institución está registrada ante la CNVB y que su página que este autorizada.

Aunado a esto, es recomendable no entregar documentos personales o datos de tarjetas de crédito o débito, si no se está seguro de que sea una empresa seria.

Regulaciones de las Sofomes

Es importante distinguir entre 2 tipos de sofomes: Sofom regulada y Sofom no regulada.

Sofomes Reguladas

El 10 de enero de 2014 se publicó una Reforma Financiera en el Diario Oficial de la Federación, que especifica la incorporación de las sociedades financieras de objeto múltiple “reguladas”.

Estas entidades se caracterizan por estar sujetas a la supervisión de la CNBV Y Condusef, además cumplen alguna de las siguientes situaciones:

  • Mantienen vínculos patrimoniales con instituciones de crédito, sociedades financieras populares o aquellas de ahorro y préstamo.
  •  Emiten valores de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores conforme a la Ley de Mercado de Valores
  •  Voluntariamente desean ser reguladas y obtienen la aprobación de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

A estas se les aplican ciertas disposiciones establecidas en la LGOAAC (Artículo 87-D).

Las podemos distinguir por tener en su denominación social la leyenda “Sofom” seguida de “entidad regulada (E.R.)”.

Sofomes No reguladas

A partir del 18 de diciembre de 2011 estas entidades no reguladas deben cumplir con el art. 115 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el artículo 87-D de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.

Las podemos identificar a través de su denominación social “Sofom” seguida de “entidad no regulada (E.N.R)”.

Es importante destacar que las sofomes no reguladas también están sujetas a la inspección y vigilancia de la CNBV, aunque es solamente para verificar el cumplimiento de las disposiciones preventivas de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo establecidas en el Art. 95-Bis de la LGOAAC.

Cabe destacar que, si una Somfom es “no regulada”, no significa que carezca de validez, ya que también deben proporcionar cierta documentación a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), al Banco de México, la Condusef y la CNBV cuando se les requiere, y en caso de no cumplir con ciertos lineamientos son sancionadas. Solamente que por sus características de operación se denominan de esta manera.

 

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